El senador provincial Marcelo Daletto presentó un proyecto de Ley para establecer que en la provincia de Buenos Aires, los comercios gastronómicos con atención al público (restaurantes, confiterías, bares, cafés, casas de té) brinden a sus clientes agua potable de red apta para el consumo en forma suficiente y gratuita; panera apta para celíacos o libre de gluten; y sal libre de sodio como opción a la sal tradicional.
Según el proyecto al que accedió LAPLATA1.com, Los comercios cuyo rubro principal y/o accesorio, sea gastronómico con atención al público, como restaurantes, confiterías, bares, cafés, casas de te y demás locales que se dediquen a tal fin, deben proveer a sus clientes de los siguientes productos:
-Agua potable de red apta para el consumo en forma suficiente y gratuita
-Un producto de panera apto para celiacos o libre de gluten
-Sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional
“Es obligatorio para los comercios que se encuentran alcanzados en el Articulo 1 de la presente Ley, ofrecer como mínimo, la opción de un plato para celiacos, de consumo seguro, manipulado exclusivamente con utensilios que no tengan contacto con alimentos con TACC”, dice el artículo 2 de la iniciativa.
Por su parte, los establecimientos mencionados en el Articulo 1 tendrán la obligación de exhibir un cartel con la leyenda que muestre el texto siguiente: “Sr. Cliente, en este comercio usted tiene derecho a que se le provea de los siguientes productos:
a) Agua potable de red apta para el consumo en forma suficiente y gratuita
b) Un producto de panera apto para celiacos o libre de gluten
c) Sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional
Por su parte, las cartas menús deberán incluir la leyenda en la que conste el derecho del consumidor reconocido por la presente ley, inclusive en los menús en braille.
Y contempla que “los comercios comprendidos en la presente Ley deberán cumplir con lo dispuesto en la misma, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días corridos a partir de su promulgación”.
“En caso de comprobarse la infracción del Articulo 1° de la presente, los establecimientos serán sancionados con multas equivalentes a un (1) salarios mínimo, vital y móvil hasta diez (10) salarios mínimo, vital y móvil”, agrega el proyecto en cuanto a las sanciones.
En los fundamentos de la iniciativa se da cuenta de los 10 beneficios que proporciona la ingesta adecuada de agua potable.
Entre ellos, que reduce el riesgo de problemas cardíacos disminuyendo el índice de problemas cardiovasculares; que disminuye las probabilidades de infecciones virales como la gripe común o la influenza, infecciones bacterianas y la posibilidad en los asmáticos de sufrir un ataque agudo, debido a que el agua hidrata las mucosas que recubren la nariz, garganta bronquios y pulmones; y que reduce en un 79% el riesgo de padecer cáncer de mama.
“Los pacientes con enfermedad celiaca no toleran una proteína llamada gluten, que se encuentra en los cereales (trigo, avena, cebada, centeno). Cuando consumen alimentos que contienen gluten, su sistema inmune responde y se produce el daño en la mucosa del intestino delgado. Por eso, es muy importante para las personas celiacas tener identificados los alimentos que pueden consumir ya que deben estar libres de trigo, avena, cebada y centeno”, señala también el proyecto del senador bonaerense.