Los beneficiarios del IFE de $10.000 no podrán comprar dólar ahorro y cruzarán datos con la ANSES

País 17/09/2020 . Hora: 10:42
Los beneficiarios del IFE de $10.000 no podrán comprar dólar ahorro y cruzarán datos con la ANSES

Los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y otros planes sociales no podrán comprar dólares para atesoramiento, de acuerdo a las nuevas normas cambiarias fijadas el martes por el Banco Central. La normativa especifica que quienes reciben ayuda alimentaria y quienes no tengan ingresos comprobados estarán impedidos de abrir nuevas cuentas en dólares, mientras que quienes ya las tengan no podrán hacer nuevas compras. La norma busca evitar que el dinero que la Anses vuelca en medio de la pandemia no dañe a las reservas de la autoridad monetaria al aprovechar la diferencia entre la cotización oficial y la paralela. También que personas con ingresos abran cuentas para familiares a cargo o terceros con el fin de duplicar el cupo mensual.

Los detalles de las trabas para que beneficiarios del IFE, la Tarjeta Alimentar y otros beneficios sociales son parte de la Comunicación A 7105 del BCRA que establece criterios de verificación de los ingresos de las personas que abren cuentas bancarias en dólares o usan las que ya tienen.

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"La autoridad monetaria dispone que previo a la apertura de una caja de ahorros en moneda extranjera las entidades financieras deberán obtener evidencia de que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera, no siendo admisible que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social", detalló un análisis de la web Normas Financieras.

"Respecto de las personas titulares de cajas de ahorro en moneda extranjera abiertas a la fecha de difusión de esta comunicación, previo a la acreditación de nuevos importes -excepto que provengan de transferencias del exterior-, las entidades financieras deberán realizar la consulta en la página de Internet de la Anses, cuyo resultado deberán considerar lo mencionado previamente", agrega el análisis de la normativa.

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En lenguaje más llano, lo que establece el BCRA es que los bancos deberán consultar a la Anses antes de abrir una cuenta en dólares. Si la persona titular es beneficiaria del IFE y otros planes sociales no podrá abrirla. Tampoco si no tiene ingresos registrados, con lo que se busca evitar estrategias que se emplearon en los últimos meses para acceder a más dólares. Por ejemplo, que en una familia en la que no todos los integrantes tengan ingresos se utilice varias veces el cupo de USD 200, con la apertura de cuentas a familliares a cargo. O que se creen nuevas cuentas de 'coleros digitales' que no tienen ingresos registrados y prestan el cupo a terceros.

Más adelante, la misma norma establece además que en el caso de cuentas bancarias con dos titulares se impedirá que se utilice dos veces el cupo mensual de USD 200.

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Las trabas pesan también sobre quienes ya abrieron cuentas bancarias en dólares y perciben planes o no tienen ingresos. Ante una nueva acreditación de dólares -salvo que provenga del exterior, por ejemplo una remesa- los bancos deberán cruzar datos con Anses de la misma forma que antes de abrir una cuenta nueva. Las cuentas ya existentes no se pueden cerrar. Pero, por esta vía, el Central impide que usen el cupo mensual de USD 200 para ahorro.

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