Una cuadrilla proveniente del municipio de Berisso fue sancionada por la Municipalidad de La Plata, mientras estaban llevando a cabo una poda ilegal de tres árboles en la zona de calle 15 y 54. Pedirán una "pena ejemplar", la cual podría alcanzar los 530 mil pesos por los daños causados al patrimonio público de la ciudad.
La cuadrilla estaba utilizando un vehículo con insignia oficial del municipio de Berisso, lo cual hizo alertar a los vecinos de la zona, quienes de inmediato llamaron al 147 de Atención al Vecino, para solicitar la intervención de las autoridades competentes.
Al tomar intervención, los agentes municipales de la Secretaría de Convivencia y Control Ciudadano de la Comuna local, constataron que los sujetos no contaban con el permiso correspondiente para efectuar las tareas de poda, por lo cual estaban violando el la Ordenanza 9880, del Código del Espacio Público.
En ese aspecto, se procedió a labrar un acta de infracción al titular del vehículo a raíz de que en la ciudad está terminantemente prohibido llevar a cabo tareas de poda que puedan dañar las especies arbóreas emplazadas en el espacio público de la ciudad, las cuales se encuentran "bajo exclusiva potestad administrativa de la municipalidad".
De acuerdo a lo que establece el artículo 132 de dicha norma, establece que "Queda prohibida su poda y/o extracción sin la autorización expresa de la dependencia municipal competente, como también ocasionar daños de cualquier tipo, fijar elementos extraños, barnizar, encalar o pintar, en troncos y ramas".
Según informó la secretaria del área, Virginia Pérez Cattaneo, al tomar intervención "se los obligó a cesar en las tareas y se dispuso labrar un acta de infracción" a raíz de que se dañaron tres ejemplares de Ficus, los cuales se encontraban en perfecto estado, según se precisó.
En esa instancia, desde la Secretaria de Espacios Públicos de la Comuna, que conduce José Etchart, se informó que "se solicitará al Juzgado de Faltas que se disponga una pena ejemplar", la cual podría llegar a los 530 mil pesos de acuerdo a la Ordenanza 6147 del Código de Contravención local.
Según consigna dicha normativa en su artículo 122, "el que dañare árboles, plantas, flores, sus tutores o arrietes, bancos, asientos, u otros elementos existentes en paseos, parques, plazas, ramblas y demás lugares o bienes del dominio público será sancionado con multa de 10 a 2000 módulos y/o arresto hasta 30 días".