
A fines de abril, Julio Garro había decretado la autorización de varias actividades a través de un sistema de turnos o de delivery.
Entre las actividades avaladas en ese momento, y que contaron por supuesto con la aprobación de Provincia, figuraban:
1. Ópticas y Contactologías
2. Ortopedias
3. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen

4. Atención médica y odontológica programada
5. Pinturerías
6. Vidrierías
7. Venta de insumos de electricidad, gas y sanitarios
8. Papeleras y librerías
9. Ventas de insumos informáticos
10. Mercerías, retacerías/sederías y ventas de lanas
11. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio
12. Casas de repuestos
13. Gomerías, bicicleterías, talleres mecánicos y lubricentros
14. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos
15. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
Desde el municipio explicaron a LAPLATA1.com que a partir de esta nueva fase de la cuarentena no saben en qué situación quedará este decreto. Sin embargo, creen que mayoritariamente perdería vigente a partir de las nuevas restricciones anunciadas el último viernes, y que buscan retrotraer la actividad económica a la Fase 1.
Sin embargo, el decreto de este lunes del gobierno nacional abrió la esperanza para muchos de estos sectores que podían funcionar bajo estas modalidades.
El artículo 14 del decreto establece que para los municipios con más de 500 mil habitantes, como La Plata, se exceptúan las siguientes actividades:
1. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
2. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.
3. Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
4. Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.
De todas formas, desde el municipio indicaron que Provincia tendrá la última palabra para saber cómo se reglamenta esta situación en cada municipio bonaerense.